Impuestos en España: empresa vs trabajador (asalariado) en el reparto

En España, entender una nómina implica mirar más allá del salario bruto. Empresas y trabajadores asumen diferentes impuestos y cotizaciones que marcan el coste real del empleo. En este artículo repasamos cómo se reparten estas cargas, qué aporta cada parte y cómo funcionan los tramos de IRPF en 2025.

8/22/20252 min read

Impuestos en España: empresa vs trabajador (asalariado) en el reparto

1. Para la empresa que contrata como asalariado

Cuando contratas a alguien (digamos, un repartidor asalariado), hay una partida que se lleva buena parte del presupuesto: las cotizaciones sociales. Este año, según datos de 2025:

  • Contingencias comunes: el trabajador aporta un 4,70 %, la empresa se encarga del 23,60 %.

  • Contingencias profesionales: corren por cuenta de la empresa (entre 1,5 % y 7,5 %, según el riesgo).

  • Desempleo: trabajador abona 1,55 % (contrato indefinido), empresa cubre el 5,50 %.

  • Formación profesional: trabajador paga 0,10 %, empresa 0,60 %.

  • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): solo empresa, 0,20 %.

  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): trabajador 0,13 %, empresa 0,67 %.
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En resumen, el trabajador ve una deducción en su nómina, pero el verdadero salto viene al comparar cuánto le cuesta realmente ese sueldo a la empresa.

2. El lado del trabajador autónomo

Si estás tú solo, por cuenta propia, el guion cambia:

  • Debes pagar cuota de autónomo a la Seguridad Social, que desde 2025 ya no es plana sino que depende de tus ingresos reales. Están en una fase de transición hasta 2032, y las cuotas pueden ir desde unos 230 hasta 500 € al mes, más o menos.
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  • Además, tienes tus obligaciones tributarias:

    • IVA: lo repercutes en tus facturas y lo liquidarás trimestralmente (Modelo 303). Pagas lo que corresponde entre IVA repercutido y soportado.

    • IRPF: también se declara cada trimestre. Generalmente se retiene un porcentaje del ingreso neto (puede ser del 7 % o 15 %, dependiendo del epígrafe o tipo).
      TaxDown+8Raisin+8Banco Santander Impulsa Empresas+8

  • Además, si tu actividad está sujeta al IAE (impuesto sobre actividades económicas), podrías tener que pagarlo—aunque muchos autónomos fallan por mínima cuantía durante los primeros años.
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3. Los tramos del IRPF aplicables en 2025 (renta general)

Si el repartidor es autónomo (es decir, revierte sus ingresos vía IRPF), estos son los tramos vigentes:

Base imponible anual (€)Tipo total IRPF (%)Hasta 12 45019 %De 12 451 a 20 20024 %De 20 201 a 35 20030 %De 35 201 a 60 00037 %De 60 001 a 300 00045 %Más de 300 00047 %Banco Santander Impulsa Empresas+15Raisin+15Raisin+15

Si estás en Madrid (tu zona), el tramo más bajo aún es favorable, porque la autonomía aplica tipos algo más reducidos que la media estatal, aunque la tabla estatal ya es un buen marco inicial.
TaxDownRaisin

Resumen

Impuestos a tener en cuenta (asalariado vs autónomo repartidor)

Para la empresa (contratando como asalario):

  • Cotización empleador:

    • Contingencias comunes (23,60 %)

    • Contingencias profesionales (1,5–7,5 %)

    • Desempleo (5,50 %)

    • Formación (0,60 %)

    • FOGASA (0,20 %)

    • MEI (0,67 %)

Para el trabajador (asalariado):

  • Deducción en nómina por:

    • Contingencias comunes (4,70 %)

    • Desempleo (1,55 %)

    • Formación (0,10 %)

    • MEI (0,13 %)

Para el autónomo repartidor:

  • Cuota de autónomo según ingresos reales (230–500 €/mes aprox.), sistema en transición.

  • Declaraciones trimestrales:

    • IVA (Modelo 303)

    • IRPF (7 % o 15 % de retención, según actividad)

  • Posible IAE municipal (aunque exento los primeros años).

Tramos IRPF 2025 (renta general): 19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 %, 47 % según tramos de renta.